Pena de prisión por no pagar la hipoteca tras la ruptura

Abogado de familia en Málaga demuestra la gravedad de no pagar la hipoteca tras la ruptura matrimonial

El artículo 96 del Código Civil especifica que "en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden". Sin embargo, este caso presentaba una complejidad que iba más allá de la letra de la ley. Tras el divorcio de un matrimonio con hijos menores, el padre dejó de abonar su parte de la hipoteca, argumentando que ya no residía en el domicilio, que su mujer tenía nueva pareja y que, por tanto, no le correspondía seguir pagando.

La madre, al enfrentar varios meses de impagos y asumiendo sola la carga de la hipoteca -que antes se repartía al 50%- decidió acudir al Juzgado junto a un abogado de familia en Málaga, Jesús Odériz. En su demanda, Odériz defendió que la hipoteca es una carga ex lege, es decir, una obligación adquirida con el banco en la que ambos cónyuges figuran como deudores solidarios, independientemente de lo que establezca el proceso de separación o divorcio.

Esta interpretación fue respaldada por la Audiencia Provincial de Málaga, que falló a favor de la madre y condenó a su exmarido a una pena de prisión de un año. Según Odériz, director de Odériz Echevarría Abogados, "nuestro Alto Tribunal recordó recientemente en su Sentencia de 25 de junio de 2020 que las mensualidades de la hipoteca son equiparables a las de la pensión de alimentos. Por ello, el incumplimiento del pago puede constituir un delito de abandono de familia, regulado en el artículo 227.1 del Código Penal, que contempla penas de tres meses a un año de prisión", indica el mejor abogado de familia en Málaga según un reciente ranking independiente.

El abogado de familia en Málaga del que hablan sus éxitos judiciales

Jesús Odériz, director de Odériz Echevarría Abogados

Con una tasa de éxito cercana al 100% en 2024 y un despacho central situado estratégicamente en Puerto Banús (Marbella), con oficinas en Málaga, Fuengirola, Pamplona y Madrid, el despacho dirigido por Jesús Odériz se ha ganado la reputación de ser un referente en derecho de familia. Acostumbrados a litigar tanto en la fase de instrucción como ante la Audiencia Provincial, el equipo de Odériz ha demostrado una vez más su compromiso con la defensa de los derechos de sus clientes. Este año, varios de sus casos han captado la atención mediática, posicionándolos como líderes en el ámbito legal. 

Si tenemos que destacar una causa del abogado en Málaga es sin duda el litigio internacional, donde Odériz logró impedir que un bebé español fuese trasladado a Marruecos contra la voluntad de su madre. El padre, de origen marroquí, había presentado una reclamación solicitando el retorno del menor a su país de origen, lo que puso en riesgo la estabilidad familiar y el bienestar del niño. Algo que se pudo impedir gracias a la rápida actuación del letrado. 

Reconocido como abogado experto en gestación subrogada

Su hiper especialidad como abogado experto en gestación subrogada, uno de los pocos de España, hace que se le señale como uno de los impulsores la Sentencia 1141/2024 del Tribunal Supremo, que marca un antes y un después en la gestación subrogada en España. El alto tribunal destaca que, independientemente de la forma en que el menor haya sido concebido, sus derechos y bienestar deben estar protegidos por encima de cualquier otra consideración. Este enfoque podría reforzar la posición de aquellos que abogan por una mayor regulación en lugar de una prohibición total.

Con más de 30 años en el ejercicio profesional Odériz es reconocido internacionalmente por llevar a cabo en terceros países, normalmente, Ucrania, EEUU, Canadá, etc., procesos de gestación subrogada donde sí está permitido y regulado. Una vez nace el menor los padres lo recogen, y se lo llevan a España, bien con una sentencia de reconocimiento de filiación, como es el caso de EEUU o Canadá, o bien con un certificado de nacimiento del Registro Civil (dependiendo del país), lo que requiere de un procedimiento de filiación ante los Tribunales españoles y otro posterior de adopción. Es justo este punto donde la reciente sentencia del Tribunal Supremo lo cambia todo.

Abogado de familia de custodias compartidas imposibles

En el ámbito del derecho de familia, obtuvo recientemente la custodia compartida progresiva para un bebé lactante. La sentencia señalada por un juzgado de Sevilla concede la guarda y custodia a la madre hasta que el menor cumpla dos años. Pero es muy destacable que en la misma sentencia el Juzgado introduce un régimen de visitas flexible que va ampliándose durante los dos primeros años de vida del menor, con la intención especificada de que la custodia compartida esté equiparada en tiempos a partir del segundo año de vida del bebé.

La medida tiene gran calado en el fondo personal y judicial, ya que con esta sentencia se evita en el futuro un procedimiento de modificación de medidas, recogiendo la actual sentencia las condiciones que se vivirán en el futuro.